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El MITERD requiere certificación acreditada para determinar el fin de la condición de residuos de los materiales termoplásticos

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) ha publicado recientemente la Orden TED/646/2023, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022.

La orden ministerial establece que los productores o importadores deberán implantar o exigir respectivamente un sistema de gestión que les permita demostrar su cumplimiento con los requisitos del texto legislativo y que dicho sistema deberá estar certificado por una entidad de certificación acreditada de acuerdo al Reglamento nº765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, lo que implica, en el caso de España, disponer de una acreditación de ENAC.

Esta orden ministerial viene a añadirse a otras anteriores relativas a la recuperación de otros materiales como el caucho granulado y el polvo de caucho, papel y cartón recuperados, aceites usados y residuos MARPOL, en las que también se exigía certificación acreditada. En este sentido, es importante resaltar que, mientras que, en los primeros reglamentos europeos publicados, la evaluación del sistema de gestión podía ser hecha, también, por verificadores medioambientales acreditados para el reglamento EMAS, en esta ocasión y, desde 2021, solo se admiten las entidades de certificación acreditadas para esta actividad. Cada norma establece los elementos específicos para el sistema de gestión exigido: admisión de materiales, muestreos, procesos de tratamiento, supervisión y control, calidad del producto resultante, inspección necesaria, etc. que le hace diferente de un sistema de gestión de calidad estándar y justifica que su certificación deba ser también la apropiada y ajustada al propósito perseguido.

Desde ENAC, queremos llamar la atención tanto de las empresas afectadas por estas órdenes ministeriales como a las entidades de certificación y las autoridades competentes sobre el hecho de que, en la actualidad, no hay entidades acreditadas para esta actividad, a pesar de que ENAC elaboró, en línea con las indicaciones de EA en 2013, el correspondiente esquema de acreditación (descrito en el documento RDE 10).

Para más información sobre este esquema o sobre cómo iniciar el proceso de acreditación para esta actividad puede contactar con Edelio Gago, jefe del departamento de Certificación y Verificación de ENAC.