234 laboratorios y 47 entidades de inspección acreditados por ENAC garantizan el control de aguas residuales y su reutilización
La acreditación de ENAC se ha consolidado en este sector como herramienta para garantizar la confianza en la competencia de laboratorios y entidades de inspección en el control de aguas residuales y su posterior reutilización:
- 234 laboratorios acreditados en análisis de aguas residuales, depuradas, regeneradas y lixiviados y 47 entidades de inspección acreditadas en relación al control de vertidos y calidad del medio receptor, garantizan el control de aguas residuales y su posterior reutilización. De ellas, 39 también lo están dentro del Protocolo de Inspección de Vertidos de Aguas Residuales del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA).
El crecimiento cuantitativo de laboratorios y entidades de inspección acreditadas en el campo de las aguas ha ido acompañado de una evolución en cuanto al tipo de actividades: desde las más tradicionales – análisis físico-químicos y microbiológicos de aguas -, hasta los más novedosos, como los análisis requeridos por la Directiva Marco de Aguas (DMA), los análisis de radioactividad en aguas, los de ecotoxicidad, etc.
La acreditación, un apoyo para una mejor regulación
Hoy día, todos y cada uno de los procesos que componen el ciclo integral del agua - desde su captación hasta su devolución al medio natural – están sujetos a una estricta regulación que persigue el control y vigilancia de cada una de las fases. El objetivo es dotar de una mayor protección a las personas y el medio ambiente frente a los efectos adversos derivados de cualquier tipo de contaminación de las aguas.
En cuanto a vertidos y calidad del medio receptor, la Orden MAM/985/2006 de 23 de marzo, por la que se desarrolla el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la Administración Hidráulica en materia de control y vigilancia de calidad de las aguas y de gestión de los vertidos de dominio público hidráulico, exige la acreditación de acuerdo con UNE-EN ISO/IEC 17025 si el ámbito de actuación es ensayo, y UNE-EN ISO/IEC 17020 si es inspección, para ser autorizado como entidad colaboradora por el Ministerio.
En octubre de 2013, se aprobó el “Protocolo de Inspección de Vertidos de Aguas Residuales, destinado a las Entidades Colaboradoras de la Administración Hidráulica” que establece que la única forma de demostrar la competencia técnica de una ECAH a la hora de aplicar el protocolo de inspección de vertidos es mediante la acreditación conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 concedida por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). Por tal motivo, para que la entidad de inspección pueda actuar dentro del ámbito de aplicación del Protocolo de Inspección de Vertidos, este deberá estar incluido de forma explícita dentro de su alcance de acreditación.
En el caso del agua de consumo humano, la normativa vigente (RD 140/2003) requiere la participación de laboratorios, públicos o privados, para llevar a cabo su control analítico, estableciendo que los laboratorios que realicen estas actividades y superen 5.000 muestras anuales deben estar acreditados de acuerdo con la norma UNE-EN ISO/IEC 17025.