Los verificadores de ahorro energético ya pueden solicitar la acreditación para actuar en el marco del Sistema de Certificados de Ahorro Energético
ENAC ha desarrollado, en colaboración con el MITERD, el documento RDE-33, en el que se establecen los criterios específicos para la acreditación del verificador para esta actividad
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, MITERD, ha publicado recientemente la Orden TED/815/2023, que desarrolla el Real Decreto 36/2023 en el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) y que tiene como objetivo permitir la correcta puesta en marcha y funcionamiento del sistema de CAE.
Uno de los aspectos que desarrolla la Orden Ministerial es la definición de las condiciones que deberán cumplir las empresas que deseen acreditarse para actuar como verificadores de ahorro energético que vienen definidas en el artículo 2 del Real Decreto.
Con este fin, ENAC, a instancias de la Dirección General de Política Energética y Minas del MITERD y siguiendo las directrices marcadas por ésta, ha elaborado un esquema de acreditación (RDE-33) que toma como referencia las normas UNE-EN ISO/IEC 17029:2019 y UNE-EN ISO 14065:2020 y que está ya disponible en la página web de ENAC.
Las entidades que estén interesadas en obtener esta acreditación ya pueden solicitarla en la página web de ENAC. Para más información, puede contactar con Juan Peláez, del departamento de Certificación y Verificación de ENAC.