AENOR abre la lista de entidades acreditadas para conceder la certificación de Joven Empresa Innovadora
AENOR, primera entidad acreditada por ENAC conforme a la Especificación EA0043 para certificar a una organización como Joven Empresa Innovadora. Esta acreditación se suma a la ya obtenida para certificar a las PYMEs Innovadoras. Ambas certificaciones permiten a las empresas acceder al Registro Oficial de PYME Innovadora del Ministerio de Economía y Competitividad.
La expedición del sello de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora, así como la creación y regulación del funcionamiento del Registro se establece en la orden que publicó el Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO) el 5 de junio. En dicha orden se dispone que, para acceder al nuevo sello, es necesario aparecer en el registro como PYME Innovadora. Para ello, una de las vías posibles de acceso al sello es estar certificado como PYME Innovadora o Joven Empresa Innovadora por una entidad acreditada por ENAC.
“En el campo de la I+D+i, la certificación acreditada aporta garantía y seguridad a todas las partes implicadas en dichos procesos: empresas, centros tecnológicos, universidades, Administración Pública, etc. La acreditación de Joven Empresa Innovadora (JEI) se suma a otros esquemas de certificación acreditada desarrollados por AENOR que tienen por objeto potenciar la competitividad de las organizaciones, en este caso, con especial atención a las empresas de reciente creación” explica Gerardo Malvido, Gerente de I+D+i de AENOR.
En lo referente a la obtención del certificado de Joven Empresa Innovadora, se establece como requisito definir la estrategia de innovación, e identificar las principales actuaciones a realizar en materia de I+D+i, dirigidas a garantizar la solvencia y liquidez del proyecto empresarial.
Este certificado está dirigido a empresas de reciente creación (con una antigüedad inferior a los 6 años desde el inicio de su actividad) y que tengan una firme apuesta en materia de I+D+i, con unos gastos en esta materia que representen, al menos, el 15% de los gastos totales.
Con ello, las empresas podrán, por primera vez, compatibilizar en un mismo personal investigador la bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social del personal investigador con la deducción fiscal de los gastos en I+D+i del Impuesto sobre Sociedades, según recoge el Real Decreto 475/2014 sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.