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La DGT confía en la acreditación de ENAC como requisito para la inspección de los vehículos de conducción autónoma

Fabricantes de vehículos autónomos, laboratorios oficiales, fabricantes o instaladores de la tecnología que permita al vehículo plena autonomía, universidades y consorcios que participen en proyectos de investigación serán algunos de los que puedan solicitar dicha autorización. Las entidades interesadas en realizar las inspecciones como Servicio Técnico para vehículos de conducción autónoma deberán estar acreditadas por ENAC mediante un proceso de evaluación como Entidad de Inspección según la norma UNE-EN ISO/IEC 17020:2012.

Según la Dirección General de Tráfico (DGT) un vehículo autónomo es “aquel que dispone de  capacidad motriz equipado con tecnología que permita su manejo o conducción sin precisar la forma activa de control o supervisión de un conductor, tanto si dicha tecnología autónoma estuviera activada o desactivada de forma temporal o permanente”.

Ante la necesidad de los desarrolladores de este tipo de vehículos de hacer pruebas en condiciones reales en vías abiertas a la circulación, la DGT ha publicado una instrucción (instrucción 15/V-113 de 13 de noviembre de 2015) en la que se recogen los requisitos establecidos a todas las partes para conseguir autorización para estas pruebas, y a la vez se garantice la seguridad del resto de usuarios.

La instrucción publicada detalla la documentación necesaria que se debe presentar, los puntos del vehículo a inspeccionar así como las pruebas dinámicas que hay que superar para obtener la autorización. Estas inspecciones deberán ser realizadas por Servicios Técnicos acreditados por ENAC para esta instrucción. Actualmente ENAC ya está en disposición de recibir solicitudes de acreditación para esta actividad.