La acreditación de ENAC: un aliado para la PYME
Un reto: Demostrar el “cumplimiento”
En los mercados actuales, las empresas se ven obligadas a demostrar el cumplimiento de requisitos de toda índole, desde los asociados directamente al producto o servicio suministrado en aspectos relativos a su seguridad, calidad, su impacto medioambiental o su adecuación al uso, hasta los asociados a características de la propia empresa y relacionados con aspectos como la gestión de la calidad o el medioambiente, la responsabilidad social, la seguridad e higiene en el trabajo, la igualdad de género o la conciliación y, cada vez más, asociados al cumplimiento con requisitos legales tales como la protección de datos, la prevención de delitos (compliance penal), etc.
En todas estas situaciones, las empresas se enfrentan al reto no solo de cumplir estos requisitos sino de contratar a organismos externos que avalen dicho cumplimiento ante los diferentes agentes que se lo solicitan, como pueden ser autoridades, clientes, accionistas, inversores, los propios empleados y el mercado en general.
Dichos organismos externos adoptan diversas apariencias y denominaciones: laboratorios, organismos de inspección o certificación, verificadores, organismos de control, etc., pero internacionalmente reciben el nombre genérico de Organismos Evaluadores de la Conformidad (OEC).
“El valor de las actividades de evaluación depende en gran medida de la confianza que esos terceros tengan en los evaluadores y, por tanto, en la credibilidad que para ellos tenga la información que les proporcionan”.
Los organismos evaluadores de la conformidad (OEC) tienen como una de sus funciones principales aportar información a terceros sobre el cumplimiento por parte de un producto, servicio, empresa o proceso con requisitos que son importantes para esos “terceros” y que, por tanto, van a determinar de una forma u otra su relación con la empresa evaluada. Dicha relación se establecerá en términos diferentes en función del tercero al que nos refiramos: comprar o no comprar, en el caso de un cliente; invertir o no invertir, en el caso de un inversor; sancionar o conceder una subvención, entre otros supuestos, en el caso de la administración, etc.
Por tanto, el valor de las actividades de evaluación depende en gran medida de la confianza que esos terceros tengan en los evaluadores y, por tanto, en la credibilidad que para ellos tenga la información que les proporcionan.
El valor de la confianza ¿A quién recurrir?
Una vez establecido que la confianza que el mercado tiene en los OEC es fundamental para calibrar el valor que aportan sus servicios, las preguntas a contestar son las siguientes:
- Para la empresa evaluada: ¿Cómo saber qué OEC es competente para evaluarme y, además, cómo puedo asegurarme de que sus informes/certificados van a ser reconocidos por aquellos que requieren dicha información?
- Para los “terceros”: ¿De qué OEC fiarme? Esto es esencial para saber si la actividad que ha desarrollado el OEC ha sido realizada siguiendo métodos reconocidos y con el adecuado nivel de independencia.
En economías cerradas y pequeñas con pocos actores operando, este tipo de preguntas generalmente se contestaban usando el término “organismos de reconocido prestigio” que se basaba en que tanto los OEC que operaban en el mercado como las empresas e instituciones que recibían su información se conocían entre sí y establecían relaciones más o menos estables a largo plazo. Por otra parte, cuando la actividad del OEC estaba regulada, por las mismas razones, la propia administración evaluaba la competencia del OEC antes de autorizarlo a trabajar. Pero, intentar mantener estos mecanismos en un mercado global, dinámico y en constante transformación como el actual provoca graves disfunciones en el mercado.
Por un lado, en la actualidad, el recurso al concepto de “reconocido prestigio” conduce generalmente a mercados marquistas en los que un pequeño número de empresas hacen valer el ser conocidas para transmitir la idea de que “conocida” es sinónimo de competente, y así llevar al ánimo tanto de empresas como de partes interesadas que el usar sus servicios es la única manera de asegurar el reconocimiento.
Pero esto tiene un efecto demoledor en la competencia y en la capacidad de la PYME para competir, ya que los costes de la evaluación que deben afrontar están, como no podía ser menos, afectados por la asimetría del mercado y por otro concepto subjetivo y no necesariamente cierto si el mercado no es suficientemente abierto, como es: “lo bueno es caro y cuanto más caro debe ser mejor”.
De esta forma, la PYME se ve ante dos barreras: por un lado, la dificultad de acceder a la actividad de evaluación de la conformidad si está dominada por un número pequeño de empresas y, por otro, tener que asumir costes elevados al acudir a dichas empresas o arriesgarse a acudir a OEC menos conocidos, con el riesgo de que posteriormente esas evaluaciones no sean reconocidas.
Incluso cuando la PYME es uno de esos terceros que deben confiar en el trabajo de los OEC se encuentra sin medios para poder decidir de quién fiarse en mercados globales y sin los medios que tienen las grandes corporaciones para, por ejemplo, evaluar directamente a las empresas o incluso a los propios OEC.
Un aliado: la acreditación
Para resolver estas situaciones y responder correctamente a las preguntas que nos hacíamos antes, a nivel global se utiliza la herramienta de la acreditación y los organismos nacionales de acreditación (ENAC en España).
La acreditación es el mecanismo independiente, riguroso y global (basado en normas internacionales) establecido para evaluar la competencia técnica e independencia de los OEC y su sujeción a normas de carácter internacional. En resumen, el objetivo último de la acreditación es generar confianza en la información aportada por los evaluadores, así como dar información al mercado o autoridades, entre otros, que les permita distinguir a aquellos evaluadores que han demostrado su competencia y sujeción a normas internacionales de los que no lo han hecho.
“El uso de la acreditación asegura mercados más amistosos para las PYMES, en los que se fomenta la competencia sin comprometer el rigor, lo que pone en marcha todos los beneficios de los mercados competitivos aumentando la transparencia y la simetría en la información de la que disponen los agentes del mercado”.
En Europa, la acreditación es una actividad que llevan a cabo en exclusiva los organismos nacionales de acreditación designados en cada Estado miembro (incluidos los países miembros de la EFTA) en aplicación del Reglamento (CE) nº765/2008 que regula el funcionamiento de la acreditación en Europa y que se asienta en cinco principios fundamentales:
- Ausencia de ánimo de lucro
- Independencia
- No competencia: solo se designará un organismo de acreditación en cada Estado miembro y los organismos nacionales de acreditación no competirán entre sí (lo que implica que cada uno actúa exclusivamente en el Estado miembro que le ha designado). Todo ello con el objetivo de que los organismos nacionales de acreditación se muevan estrictamente por razones técnicas y no comerciales.
- Evaluación internacional: el organismo nacional de acreditación deberá ser miembro de la organización europea de acreditadores EA (European cooperation for Accreditation) y superar satisfactoriamente los procesos de evaluación por pares establecidos por esta.
- Reconocimiento mutuo: las autoridades nacionales reconocerán la equivalencia de los servicios prestados por los organismos de acreditación que se hayan sometido con éxito al sistema de evaluación por pares y aceptarán, de ese modo, los certificados de acreditación de dichos organismos y las certificaciones emitidas por los organismos de evaluación de la conformidad acreditados por ellos.
ENAC es firmante de todos los acuerdos tanto europeos (EA) como internacionales (ILAC e IAF). Esto significa que un informe o certificado emitido bajo acreditación de ENAC será reconocido por el resto de organismos firmantes de todo el mundo. De esta manera, estos acuerdos actúan como un pasaporte internacional para el comercio.
El sistema de acreditación internacional fortalece el comercio global, al conseguir que las declaraciones de cumplimiento con los requisitos técnicos especificados hechas en España sobre las exportaciones españolas sean aceptadas en todo el mundo, del mismo modo que las importaciones sean a su vez aceptadas en España.
En la actualidad, la acreditación es utilizada en más de 100 regulaciones europeas y 190 nacionales como medio para aportar garantía al regulador del correcto desempeño de los OEC a los que encarga llevar a cabo actividades de control.
Una respuesta: la evaluación de la conformidad acreditada
De esta forma, y volviendo a las preguntas que nos hacíamos antes, podemos ahora aportar una mejor respuesta:
- Para la empresa evaluada: ¿Cómo saber qué OEC es competente para evaluarme y, además, que sus informes/certificados van a ser reconocidos por aquellos que requieren dicha información?: Contratando a evaluadores acreditados y exigiendo que sus informes o certificados incluyan la marca de ENAC.
- Para los “terceros”: ¿De qué OEC fiarme? Esto es, ¿cómo saber si la actividad que ha desarrollado el OEC ha sido realizada siguiendo métodos reconocidos y con el adecuado nivel de independencia?: Reconociendo solamente informes o certificados que incluyan la marca de ENAC o de otro organismo de acreditación firmante de los acuerdos de reconocimiento.
En cuanto a sus efectos en el mercado, la acreditación aporta transparencia y simetría reduciendo trabas a la competitividad:
- Para la empresa evaluada, ya que el acceso a la información de los OEC acreditados es sencillo y gratuito en la página web de ENAC, y mediante el uso que hacen los OEC de la marca de ENAC, se garantiza el reconocimiento por parte de las autoridades europeas y de los organismos de acreditación de más de 100 países. Además, la existencia de una infraestructura amplia de OEC acreditados aumenta la competencia disminuyendo los precios sin comprometer el rigor, debido a la supervisión constante del acreditador.
- Para los “terceros”, ya que la existencia de una amplia infraestructura de OEC acreditados les permite recibir información fiable y conocida sin necesidad de asumir costes propios para reevaluar. Además, saben que los OEC en los que confían están permanentemente supervisados por ENAC, lo que dificulta que aparezcan procesos de “relajación” en el rigor en la evaluación (un problema conocido ya en el sector financiero y denominado “competition in laxity”).
En conclusión, el uso de la acreditación asegura mercados más amistosos para las PYMES, en los que se fomenta la competencia sin comprometer el rigor, lo que pone en marcha todos los beneficios de los mercados competitivos aumentando la transparencia y la simetría en la información de la que disponen todos los agentes del mercado independientemente de su tamaño, capacidad económica y localización geográfica.
Galo Gutiérrez Monzonís
Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo