La acreditación de ENAC: Confianza en los procesos de externalización del control urbanístico
Cada vez con más frecuencia Comunidades Autónomas y Ayuntamientos establecen medidas de liberalización y reducción de cargas administrativas en diferentes áreas de la actividad municipal. En muchos casos dichas medidas incluyen la colaboración de los Ayuntamientos con entidades privadas en la ejecución de ciertas inspecciones. Con carácter general en estos casos la Administración recurre a la acreditación de ENAC para disponer de la adecuada confianza en la independencia y competencia técnica de dichas entidades.
La Comunidad de Madrid ha publicado la Orden 639/2014 de 10 de abril, por la que se regulan las entidades privadas colaboradoras en el ejercicio de las funciones administrativas de verificación y control en el ámbito urbanístico.
El nuevo marco reglamentario en la Comunidad de Madrid abre la posibilidad de la colaboración con la Administración por parte de las ECUS (Entidades colaboradoras urbanísticas) acreditadas por ENAC para la verificación y control en toda la Comunidad de Madrid, cuando anteriormente sólo estaban autorizadas en el Ayuntamiento de Madrid.
En el propio Ayuntamiento de Madrid también se ha publicado, en desarrollo de dicha Orden, la nueva “Ordenanza para la apertura de actividades económicas en la Ciudad de Madrid”, en el que se suprimen, para un gran número de actividades comerciales, la exigencia previa de licencia urbanística, pudiendo comenzarse la actividad con la presentación de una declaración responsable.
Por su parte, en la Comunidad Valenciana se ha publicado el Decreto 7/2014 para un esquema similar con entidades privadas llamadas organismos de certificación administrativa (OCA), según la “Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, Espectáculos”.
En la Comunidad Autónoma de Galicia se ha publicado la Ley 9/2013, de 19 de diciembre “del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia” en la que se identifican entidades similares, las (ECCOM), que van a realizar actuaciones de certificación, verificación, inspección y control de la conformidad de instalaciones y establecimientos en todo el territorio de la Comunidad de Galicia y actividades con la normativa de aplicación en el ámbito municipal. La Comunidad Autónoma de Galicia publicará en breve legislación al respecto sobre los requisitos que deben cumplir las ECCOM.
Y por último en la ciudad de Barcelona, se ha aprobado el Decreto de la Alcaldía de “Regulación del sistema de habilitación y de funcionamiento de las entidades colaboradoras del Ayuntamiento de Barcelona para la verificación y control urbanístico de obras” que también contempla la figura de entidades privadas acreditadas por ENAC para el control de ejecución de las obras y para la comprobación de obras ejecutadas.
La acreditación por ENAC de estas entidades privadas para el control urbanístico de actividades, supone una garantía de la competencia, imparcialidad y buen hacer en la realización de las inspecciones, dando a la Administración la confianza necesaria en la colaboración que realizan estos evaluadores de la conformidad.